Desde el pasado día 11 de mayo del año en curso entró en operación el nuevo Reglamento de Tránsito Municipal en el municipio de La Paz, y que regulan algunas normas generales de vialidad para vehículos de transporte ciclista, emergencia, vehículos abandonados. También aborda temas como preferencias de paso, uso de ciclovias y prohibiciones.
Dentro de las modificaciones y anexos que se realizaron en este nuevo reglamento se destaca que se han incluido a los ciclistas para que sean respetadas las bicicletas como medio de transporte, ello derivado de los constantes accidentes de tránsito, donde sea implicado la utilización de bicicletas como vehículo, por lo que ha sido necesario brindarles seguridad, derechos y obligaciones (Artículos 1, 2, 83, 87, 88 y 90).
También se agregó un capítulo propio para los vehículos abandonados en la vía pública, esto con la necesidad de acabar con la venta informal de vehículo en zonas donde afectan la visibilidad de los conductores de los vehículo que circulan por los límites del municipio.
De igual forma se establece un mecanismo donde el vehículo que se encuentre estacionado más de 48 horas en la vía pública, sin que justifique razones, será notificado el propietario, y de hacer caso omiso será retirado su vehículo y depositado en el corralón Municipal (Articulo 110 y 14).
Así también se sustenta la necesidad de incluir la detención de los vehículo en dos casos, la primera deriva de las necesidades de seguridad y vigilancia que aquejan al municipio, esto en caso de que el vehículo carezca de documentación vigente que acredite la legalidad de su propiedad (Artículos 56 y 72), la cual deberá estar registrada ante la Dirección General de Seguridad Publica Policía Preventiva y Tránsito Municipal, y la segunda es cuando el conductor del vehículo se encuentre en estado de ebriedad, el cual se sustentara por el certificado médico correspondiente.
Referente a licencias y permisos de conducir, se establece una nueva disposición en su Artículo 72, fracción I y II, referente a la reexpedición o reposición de la misa y sobre los vehículos de emergencia se especifica desde el Artículo 34 al 42.
Estas son algunas de las nuevas modificaciones y anexos en el Reglamento de Tránsito Municipal de La Paz, que tiene como objetivo prevalecer lo estipulado en su Artículo 1 el cual a la letra dice: “establecer los lineamientos a los cuales deberán sujetarse la vialidad y el tránsito de peatones, vehículos y semovientes en caminos, carreteras y cualquier vía pública buscando optimizar las comunicaciones y brindarles seguridad, tanto al individuo como a sus bienes”.
Por tanto la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de la Paz, exhorta a todas las personas que hagan uso de la vía pública, a que consulten este nuevo reglamento, teniendo acceso a tal en las oficinas de la referida corporación y/o bien en la página oficial “Seguridad y Tránsito La Paz, BCS” en Facebook