Ante el crecimiento exponencial de las prácticas de turismo sexual en México y a
nivel mundial, la diputada Blanca Belia Márquez Espinoza, de la Fracción
Parlamentaria del PAN, propuso especificar el tipo penal como agravado, de
“Corrupción de menores con fines de Turismo Sexual”, el cual no se contempla
actualmente de esa manera en el Código Penal estatal. Busca prevenir, combatir,
castigar y erradicar el turismo sexual infantil, a fin de proteger los derechos
humanos de niñas y niños.
La legisladora explicó que si bien en el Código Penal estatal existe el delito de
“Corrupción de Personas Menores de Edad”, el cual es un tipo penal abierto y
podría encuadrarse la figura del “turismo sexual” en ella, consideró que dada la
trascendencia de esta conducta lesiva para la sociedad, se debe especializar en
un tipo penal agravado, en el cual se visualice de forma específica como sujeto
activo del delito a quien “promueva, publicite, invite, facilite o gestione por
cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del Estado
para practicar turismo sexual”, y al ser una conducta agravada, la sanción debe
ser mayor que la del tipo penal básico de corrupción de menores.
La diputada Márquez Espinoza hizo referencia a un informe del Departamento de
Estado de Estados Unidos de Norteamérica, el cual indica que: “El turismo sexual
va en aumento; analiza la situación en 175 países; en el apartado dedicado a
México indica que el país “es una gran fuente, tránsito y destino para las
personas víctimas con fines de explotación sexual…” donde los grupos más
vulnerables son las mujeres, niños, indígenas y los migrantes indocumentados,
ocupando actualmente México el segundo lugar en la práctica a nivel mundial.
Puntualizó que la finalidad es también el castigo a las personas que ingresen al
Estado con la finalidad de practicar turismo sexual, “mandando con ello un
Poder Legislativo
XVI Legislatura
“2022, Año del Profesor Domingo Carballo Félix”
“2022, Año de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos”
“Noviembre, Mes de la No Violencia hacia las Mujeres”
Dir. Bravo e Isabel la Católica, La Paz B.C.S.
mensaje claro de que en el Estado de Baja California Sur se
castigará con todo rigor el atentado sexual contra nuestros menores”.
La propuesta adiciona el artículo 169 Bis del Código Penal para quedar como
sigue: “Corrupción de menores con fines de Turismo Sexual. A quien promueva,
publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas
viajen al interior o exterior del Estado con la finalidad de que realice cualquier tipo
de actos de exhibicionismo corporales o sexuales, actos de desnudo corporal con
fines lascivos, prácticas sexuales, reales o simulados con una o varias personas
menores de dieciocho años de edad o personas que no tienen capacidad para
comprender el significado del hecho o no se pueda resistir a éste, se le impondrá
una pena de 6 a 12 años de prisión y multa 200 a mil días”.
Se impondrá una pena de prisión de 8 a 16 años y multa de 500 a mil 500 días, a
quienes ingresen al territorio del Estado con la finalidad de realizar actos de
exhibicionismo corporales o sexuales, actos de desnudo corporal con fines
lascivos, prácticas sexuales reales o simuladas con las personas a que hace
alusión el párrafo precedente.