Francisco Javier Ángeles Villarreal
La Dogmática Juridicopenal y la Política Criminal se encuentran con estrecha vinculación, no hay razón pues, para concebirlo de manera distinta, siempre que se conciban en el contexto y dentro de los parámetros de un modelo de Estado y sociedad democrática respetuosa de los Derechos Humanos más elementales. En la actualidad nos enfrentamos ante inmensos sucesos diariamente, nuevas conductas delictivas, aparecen nuevos riesgos en la sociedad, y la misión del Derecho Penal parece no tener el camino sencillo al momento de proteger bienes jurídicos individuales o colectivos, culminando en un callejón sin salida.La Sociedad exige respuesta inmediata a un alto costo, en ocasiones no dimensiona la misma sociedad que también le asisten derechos a los imputados (responsables de una conducta antijurídica), o quizá claman por una flexibilización de sus derechos como imputados, ciertamente en ocasiones se opta por un derecho penal eficaz, con resultados inmediatos, pero con grandes costos en un futuro y con riesgos para cualquier persona que opera el sistema penal, colocan al derecho penal en crisis ante ciertas eventualidades, incluso operadores jurídicos corren riesgos en brindar inmediatamente una respuesta de emergencia, en aras de tranquilizar la opinión mediática.
Cabe poner de relieve que existe otra postura, la garantista de un moderno derecho penal, donde la Autoridad responsable de investigar un delito, deberá respetar todos los derechos humanos que le sean inherentes al imputado, realizar investigaciones profesionales y no desistir de perseguir el delito debiendo el Policia, Fiscal y Juez salvaguardar el debido proceso y su dignidad humana en toda su etapa, utilizando la prisión preventiva como última opción, aplicando un principio de intervención mínima, pero sin confundir los delitos que tienen prisión preventiva de oficio como lo indica la propia Constitución Política de México, en su numeral 19.
Un Derecho penal moderno debe tener como finalidad la mejor organización posible. Esto es así: tiene que avocarse a impedir la comisión de delitos, y practicar la prevención sintetizando las exigencias de un Estado de Derecho, protección a la ciudadanía, y salvaguardar la libertad. El Derecho penal tiene una tarea frente al delincuente y eso significa, frente a una tendencia actualmente muy influyente en Alemania, que la prevención especial socializadora y resocializadora tiene que estar en la misma medida que la prevención general. Debe existir la verdadera posibilidad de tratamientos especializados dentro de un Centro Penitenciario, no personas olvidadas; un tratamiento con un seguimiento continúo en aras de atender la prevención especial de la persona que cometió un delito. No sirve de nada, amontonar a personas en prisiones si no existe un verdadero seguimiento a su tratamiento, en virtud que tales personas al momento de obtener su libertad volverán a delinquir por que la norma penal no persuadió en ellos, los fines de la pena fueron estériles.
Frecuentemente observamos como el Derecho penal moderno ha obligado al legislador a llevar reformas para luchar contra los grandes riesgos: manipulación genética, economía, medio ambiente, utilización de datos informáticos, salud publica, evasión de impuestos, responsabilidad penal de las personas jurídicas, apología de la violencia, racismo y terrorismo.
Evidentemente el Derecho penal clásico no puede reaccionar ante esos retos. Entonces se pugna por un Derecho penal moderno, respetuoso de los derechos tradicionales, y por otro lado, de un derecho penal del enemigo que responda ante las exigencias inmediatas. La discusión se encuentra latente, pero es necesario generar un debate serio y enriquecedor, de la par con el entusiasmo de los legisladores en este tema tan importante y desde luego de los propios operadores jurídicos.
¿Existe un derecho penal para pobres y uno para ricos?, ¿Quiénes son en realidad los clientes del derecho penal?, ¿los sentenciados son rehabilitados en su totalidad para que no vuelvan a delinquir?, ¿Se utiliza el Derecho penal como venganza política?, ¿Es una universidad del delito la prisión?, ¿Se les cuida la salud mental a los internos? ¿Se les respetan los Derechos Humanos a los internos referente a sus alimentos, su espacio para dormir?, ¿Cuándo salen de prisión se encuentran etiquetados?, ¿Consiguen fácilmente un trabajo después de salir de prisión y presentar su carta de antecedentes criminales?, ¿Cuál es la solución a todas estas interrogantes que colapsa a un Sistema Penal?, ¿los encargados de vigilar un Centro Penitenciario reciben una remuneración económica digna?, ¿los cuerpos policiacos encargados de la Seguridad Publica reciben un sueldo decoroso?, ¿es tan difícil perseguir el delito?, ¿los operadores jurídicos realmente conocen a fondo el Derecho Penal?
Todas esas preguntas son las que un penalista apasionado y sin ofender a ninguna persona debe generarse diariamente cuando se hable de derecho penal.
C O R D I A L M E N T E
Francisco Javier Ángeles Villarreal
Abogado penalista