Dentro de una audiencia inicial en el Centro de Justicia Penal en esta ciudad, celebrada el pasado día 25 del mes en curso bajo las reglas del Código Nacional de Procedimientos Penales, se aportaron datos de pruebas que permitieron al Juez de Control dictar auto de vinculación a proceso y decretar medida cautelar de prisión preventiva en contra de una persona -hombre-, tras resultar imputado en una carpeta de investigación por el delito de homicidio calificado con ventaja. Ante ello, dicha persona fue recluida en el Centro de Reinserción Social -CERESO- en esta capital.
Como se informó en ZULOAGA Noticias, durante el pasado día 13 de mayo del año en curso en las calles Unión e Himno Nacional en la colonia Diana Laura en esta ciudad, se suscitaron disparos de arma de fuego contra una patrulla de la Policía Estatal Preventiva, y que en el lugar se encontraba lesionado un elemento de esa corporación.
Lo anterior originó una persecución de parte de efectivos de la Policía Estatal, misma que concluyó a un lado de las instalaciones de la empresa denominada “CALIGAS Automotriz”, en el lugar fallecieron dos personas, una de éstas tiene probable relación con actividades delictivas y de un civil que fue identificado como Víctor Manuel Morales Zúñiga, de 32 años, originario de Mazatlán, Sinaloa, quien se encontraba laborando en el lugar de los hechos. También se localizó en boulevard Forjadores y Oro, un vehículo de la marca Nissan, línea Tiida, tipo sedan, color gris plata.
Por lo anterior, se inicio la carpeta de investigación correspondiente en la que, el Agente del Ministerio Público que conoció de la investigación, así como los elementos de la policía y peritos, realizaron todas las investigaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos y judicializaron el asunto, a fin de que, quienes transgredieron la ley quedaran a disposición de un juez para responder por las imputaciones que realizó el Ministerio Público, y al efecto clasificaron en tres distintas zonas su intervención.
Y con las evidencias que se encontraron en los lugares de intervención, en un radio aproximado de 500 metros, se recolectaron las evidencias, y con las correspondientes cadenas de custodia, se trasladaron a la Dirección de Servicios Periciales de la PGJE, y donde se emitieron 37 dictámenes periciales, entre otras especialidades las de criminalística de campo, ingeniería civil, balística forense, genética forense, dactiloscopia forense, audio y video, medicina forense, química forense e identificación fisonómica.
En cada una de las tres zonas, la criminalística de campo proporcionó un informe detallado del procesamiento del lugar, posiciones víctima-victimarios, vehículos implicados, número de armas y número de casquillos percutidos, las trayectorias y trayectos que siguieron las balas al percutir dichos casquillos, así como, finalmente determinar la mecánica de hechos en el lugar de intervención.
En la zona ¨A¨, en calle Unión e Himno Nacional en la colonia Diana Laura, donde se suscitó la agresión por proyectiles de arma de fuego a una patrulla de la Policía Estatal. Al respecto, la especialidad de balística forense, después del análisis de los casquillos percutidos que se localizaron en el lugar de intervención, determinó que participaron tres armas distintas, al ingresar los datos al Sistema Integrado de Identificación Balística, IBIS, se relacionó que una de las armas que utilizaron los agresores se vincula con 2 averiguaciones previas por homicidios que se perpetraron en La Paz, 2 en agosto del 2015, y 3 carpetas de investigación, una en marzo y 2, el mes de abril del presente año.
En la zona ¨B¨, en boulevard Forjadores y Oro en la colonia Diana Laura, se localizó un vehículo de la marca Nissan, línea Tida, color gris, mismo que se vinculó con los hechos que se iniciaron en la zona ¨A¨ y en el que se transportaban el y/o los agresores, localizándose como indicio predominante en el interior de la referida unidad motriz, un casquillo percutido calibre 7.62 X 39mm el cual, se ingresó al sistema IBIS, que arrojó resultado positivo en su intervención en dos averiguaciones previas en La Paz en 2015, así como en dos carpetas de investigación del año en curso.
En la zona ¨C¨, en boulevard Forjadores y calle sin nombre, contiguo a las instalaciones de la empresa denominada “CALIGAS Automotriz”, se localizó una patrulla de la Policía Estatal Preventiva, y la cual presentó orificios por disparos de arma de fuego, así mismo se ubico un vehículo -tipo sedán- de la marca Volkswagen, línea Jetta, color blanco, mismo que presento orificios por disparos de arma de fuego y en su interior, sobre el asiento del copiloto, quedó una persona sin vida -hombre- quien portaba una arma de fuego corta- tipo pistola-.
También en el asiento posterior del vehículo sedan se localizaron 2 armas de fuego largas de las conocidas como ¨cuernos de chivo¨, tipo fusil, ambas abastecidas con cartucho útiles. El Servicio Médico Forense determinó como causa de muerte de dicha persona, anemia aguda secundaria a herida producida por proyectil de arma de fuego.
Posteriormente a través de las especialidades en genética forense, así como en audio y video, se estableció que dentro del predio contiguo a la estación de gas, sobre una plataforma de concreto, elementos de la Policía Estatal aseguraron a una persona del sexo masculino con uso excesivo de la fuerza pública.
En el interior de una caseta en construcción, se localizó una persona sin vida, del sexo masculino, contiguo al cuerpo se recolectaron 19 casquillos percutidos calibre .223 REM. El Servicio Médico Forense determinó como causa de muerte, traumatismo cráneo encefálico y abdominal secundario a herida producida por proyectil de arma de fuego.
E incluso, en la diligencia de necropsia se extrajo una bala (elemento problema), que el Departamento de Balística Forense determinó correspondencia de características entre el elemento problema y el elemento testigo (bala obtenida en prueba de disparo controlado), del que resulta una correspondencia de característica entre el casquillo percutido, la bala extraída de necropsia, con una arma larga tipo fusil calibre .223 REM, matrícula E2-8017.
Lo anterior permitió obtención de los datos de prueba que sirvieron para solicitar tres órdenes de aprehensión que giró el Juez de Control.
La primera se cumplimentó el 24 de mayo, en contra de una persona del sexo masculino, de 36 años, originario de Culiacán, Sinaloa, ello por su relación en la comisión de hechos que pueden constituir delito de homicidio en grado de tentativa, en contra de un elemento de la Policía Estatal, y en su momento se le vinculó a proceso y en la actualidad se encuentra interno en el CERESO en esta ciudad.
La segunda orden de aprehensión se cumplimentó el 1 de julio del presente año en contra de un servidor público (policía) por su relación en la comisión de hechos que pueden constituir delito de delito de abuso de autoridad y uso ilegal de la fuerza pública, y a quien en su oportunidad le dictaron el auto de vinculación a proceso.
Y una tercera que se cumplimentó el 19 de julio en contra de dos funcionarios públicos (policías), por su relación en la comisión de hechos que pueden constituir delito de homicidio calificado con ventaja, y una vez que se cumplimentaron dichas órdenes, el Agente del Ministerio Público solicitó el trámite de la audiencia inicial, que tuvo lugar el día 20 de julio del presente mes, en la que la defensa solicitó la duplicidad del plazo, y se determinó su continuación el 25 del presente a las 11:00 de la mañana, en la que se vinculó a proceso a uno de los imputados y se dictó en su contra la medida cautelar de prisión preventiva y determinó el juez de control, 5 meses para el cierre de la investigación.
El segundo de los imputados quedó en libertad por no existir los datos de prueba para su vinculación a proceso.
Para culminar, los tres trámites procesales, se desarrollan bajo el sistema procesal penal acusatorio y por el tipo de delitos, los que se tramitan por homicidio, los imputados no tienen derecho a la libertad, por estar contemplado como grave en el Código Nacional de Procedimientos Penales, y podrían alcanzar una penalidad de hasta 50 años de prisión, según el Código Penal de Baja California Sur.